¿EL LLAMADO “PENACHO DE MOCTEZUMA” PERTENECE A AUSTRIA O A MÉXICO?
Esta pieza que se encuentra en el Museo Etnológico de Viena, Austria, formada por plumas de aves y adornos de oro, ha creado una situación especial entre México y Austria. Deseo expresar mi posición ante el tema, en virtud de que nuestro país ha iniciado una serie de trámites tendientes al préstamo, por parte de Austria, de la pieza en cuestión. Los términos del préstamo harían que el penacho viniera a México y después regresara a Viena. Sobre el particular manifiesto lo siguiente: la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, vigente desde 1972, en el capítulo III que trata “De los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos”, señala lo siguiente:
Artículo 27. Son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles, los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles.
Artículo 28. Son monumentos arqueológicos los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con estas culturas.
Con base en estos artículos no cabe duda que el penacho es de propiedad nacional. Por lo tanto, no importa si fue un regalo de Moctezuma a Cortés en 1519 o si se trata de una pieza robada, vendida o que saliera del país por cualquier otro medio. Lo importante es que al salir al extranjero no pierde su carácter de ser propiedad de la nación, como lo indica la ley vigente.
Actualmente el INAH y la Secretaría de Relaciones Exteriores han promovido una serie de acciones tendientes a que Austria “preste” a México en forma temporal el “penacho de Moctezuma” para regresárselo posteriormente. Se ha presentado a la Cámara de Senadores un documento en el que, según notas en la prensa, no se contempla la propiedad del bien, sino únicamente la ida y vuelta del mismo, entre otras cosas. Lo anterior, de ser aceptado por el Parlamento austriaco y llevarse a cabo la acción de “préstamo”, crearía un precedente negativo, ya que los países que han estado solicitando el regreso de sus bienes arqueológicos extraídos de su territorio se verían expuestos a que los museos europeos y norteamericanos, principales poseedores de esos bienes, ya por la acción colonialista, especialmente durante el siglo XIX, ya por saqueos ilícitos en tiempos más recientes, vean la salida fácil de “prestar” a esos países temporalmente sus bienes con la condición de que sean regresados. México sería el país que abrió esa puerta que en última instancia reconoce implícitamente la propiedad de esos museos sobre los bienes en cuestión. Cabe agregar que la UNESCO ha apoyado la posición de los países que pugnan por que sus bienes arqueológicos sean restituidos a los mismos.
En México tenemos precedentes de bienes arqueológicos que han sido regresados al país. Recordemos que uno de los primeros casos ocurrió, paradójicamente, cuando Maximiliano de Habsburgo llega a México y regresa una pieza prehispánica (un chimalli o escudo) como acto de buena fe. Según me informa el Dr. Aurelio de los Reyes, en el House, Hof und Staatsarchive de Viena, bajo el apartado de “Max von Mexiko”, existe una carta fechada alrededor de 1865 en la que el archiduque Francisco José autoriza la devolución de varios objetos, y entre ellos se encuentra una carta de Cortés y el penacho en cuestión, lo que nunca ocurre en el caso de este último. Ya en el siglo XX tenemos varios actos del mismo tipo: en 1982 un individuo roba de la Biblioteca Nacional de Francia el códice Tonalámatl de Aubin, motivo por el cual surge una tensa situación entre ambos países y México sostiene que el documento es parte del patrimonio mexicano. De otro carácter es la entrega que hace el papa Juan Pablo II del Códice de la Cruz-Badiano, que si bien se trata de un documento de herbolaria colonial depositado en la Biblioteca Apostólica Vaticana, vuelve a su lugar de origen por un acto de buena fe. En los años noventa y más recientemente, se han presentado diversos casos de los que sería interesante conocer el contenido de los acuerdos que hicieron posible el retorno de esos materiales al país.
Finalmente, cabe agregar que los monumentos arqueológicos son parte fundamental de nuestra historia. Por medio de ellos conocemos lo que fueron las sociedades que nos antecedieron en el proceso de desarrollo de lo que hoy es México, de ahí que se les considere como propiedad de la Nación, carácter que no pierden por ser “inalienables e imprescriptibles”, como bien lo señala la ley.
Eduardo Matos Moctezuma. Maestro en ciencias antropológicas, especializado en arqueología. Fue director del Museo del Templo Mayor, INAH. Miembro de El Colegio Nacional. Profesor emérito del INAH.
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